CAPÍTULO VI. Régimen económico · Sección 3.ª Régimen presupuestario
Artículo 32. Anteproyecto de presupuesto.
El Instituto Cervantes elaborará anualmente su anteproyecto de presupuesto y lo remitirá, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, al Ministro de Economía y Hacienda. Éste lo someterá al acuerdo del Gobierno, para su posterior remisión a las Cortes Generales, integrado en los Presupuestos Generales del Estado.
Texto oficial de Reglamento del Instituto Cervantes (BOE-A-1999-20193). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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