CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO CON RESPECTO A LAS APLICACIONES DE LA BIOLOGÍA Y LA MEDICINA. Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina · CAPÍTULO XIV. Cláusulas finales
Artículo 38. Notificaciones.
El Secretario general del Consejo de Europa notificará a los Estados miembros del Consejo a la Comunidad Europea, a todo Signatario, a toda Parte y a cualquier otro Estado que haya sido invitado a adherirse al presente Convenio:
a) toda firma;
b) el depósito de todo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión;
c) toda fecha de entrada en vigor del presente Convenio, conforme a sus artículos 33 ó 34;
d) toda enmienda o Protocolo adoptado conforme al artículo 32, y la fecha en la que dicha enmienda o protocolo entren en vigor;
e) toda declaración formulada en virtud de lo dispuesto en el artículo 35;
f) toda reserva y toda retirada de reserva formuladas conforme a lo dispuesto en el artículo 36;
g) cualquier otro acto, notificación o comunicación que tenga relación con el presente Convenio.
En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente autorizados a estos efectos, han firmado el presente Convenio.
Hecho en Oviedo (Asturias), el 4 de abril de 1997, en francés y en inglés, siendo ambos textos igualmente auténticos, en un solo ejemplar que será depositado en los Archivos del Consejo de Europa. El Secretario general del Consejo de Europa transmitirá copia certificada conforme del mismo a cada uno de los Estados miembros del Consejo de Europa, a la Comunidad Europea, a los Estados no miembros que hayan participado en la elaboración del presente Convenio y a todo Estado invitado a adherirse al presente Convenio.
Información relacionada
> <small>Téngase en cuenta los siguientes Protocolos Adicionales:</small>
> - Protocolo Adicional al Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina, por el que se prohíbe la clonación de seres humanos, hecho en París el 12 de enero de 1998. [Ref. BOE-A-2001-4090](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-4090)
> - Protocolo Adicional al Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina sobre el trasplante de órganos y de tejidos de origen humano, hecho en Estrasburgo el 24 de enero de 2002. [Ref. BOE-A-2015-737](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-737)
Texto oficial de Instrumento de Ratificación del Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina), hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997 (BOE-A-1999-20638). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.