ESTATUTOS DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE Y CONSEJO DE LA GRANDEZA DE ESPAÑA Y TÍTULOS DEL REINO
Artículo 12. Cargos de la Diputación Permanente y Consejo.
Además del Decano en la Diputación Permanente y Consejo existirán los cargos de Vicedecano, Secretario y Tesorero.
El Decano designará de entre los miembros de la Diputación Permanente y Consejo a quienes desempeñen los cargos de Secretario y Tesorero.
La Diputación Permanente y Consejo designarán, a propuesta del Decano y entre sus componentes, los que hubieren de desempeñar el cargo de Vicedecano, que será asimismo un Grande, y aquellos otros que hubieren de establecer para mejor cumplimiento de las obligaciones que a dicha Corporación estén atribuidas.
Texto oficial de Estatutos de la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España (BOE-A-1999-21360). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. Cargos de la Diputación Permanente y Consejo. — Estatutos de la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España · BOE Fácil