1. Bajo la dependencia funcional de los Centros Directivos competentes, las Delegaciones Especiales de Economía y Hacienda estarán constituidas, por las siguientes Dependencias Regionales:
a) Intervención Regional.
b) Gerencia Regional del Catastro. No existirá en las Delegaciones Especiales del País Vasco y Navarra.
Las Unidades Locales del Catastro en Gijón y Cartagena desempeñarán las funciones previstas en el apartado 12 de esta Orden.
c) **(Derogada)**
d) Secretaría General, que asumirá las competencias en materia de Patrimonio del Estado, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo.
2. Las sedes de Cartagena y Gijón de las Delegaciones Especiales de Murcia y Asturias, mantendrán Dependencias de Intervención Territorial, Unidades Locales del Catastro y Secretaría General, integrando en esta última a las Unidades de Patrimonio del Estado.
3. Las Dependencias podrán mantener Unidades Locales en poblaciones distintas a las de su sede principal, que además de realizar las gestiones que les son propias, facilitarán los trámites relativos a las demás Dependencias.
> <small>Se deroga el apartado 1.c) por la disposición derogatoria única.1.c) del Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre. [Ref. BOE-A-2022-16198#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-16198)</small>
> <small>Se modifican los apartados 1 y 2 y se deroga el apartado 4 por el art. único.5 a 7 de la Orden PCM/1078/2021, de 5 de octubre de 2021. [Ref. BOE-A-2021-16236](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-16236)</small>
> <small>Se deroga el apartado 1.d) por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre. [Ref. BOE-A-2005-20554#ddunica](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-20554).</small>
> <small>Se modifica el apartado 2 por el apartado 1 de la Orden PRE/912/2002, de 18 de abril. [Ref. BOE-A-2002-8029](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-8029).</small>
> <small>Téngase en cuenta que el ámbito territorial establecido para la Subgerencia Territorial del Catastro de Gijón será de aplicación a la actual Gerencia Territorial del Catastro de Gijón, según establece el apartado 2 de dicha Orden.</small>
Texto oficial de Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda (BOE-A-1999-22494). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.