TÍTULO VII. Provisión de destinos
Artículo 77. Asignación de destinos y ceses por necesidades del servicio.
Texto oficial de Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil (BOE-A-1999-22670). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
