CAPÍTULO VI. Régimen económico-financiero, patrimonial y de contratación
Artículo 23. Régimen económico-financiero.
El régimen presupuestario, económico-financiero, de intervención, control financiero y contabilidad será el establecido en la Ley General Presupuestaria.
El organismo estará sometido al control interno de su gestión económico-financiera a realizar por la Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Intervención Delegada, cuyo nivel orgánico se determinará en la correspondiente relación de puestos de trabajo, que existirá en el organismo adscrita a la Dirección del mismo.
Texto oficial de Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica básica y funciones, y se transforma el Organismo autónomo Parque Móvil Ministerial en Parque Móvil del Estado (BOE-A-1999-2339). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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