TÍTULO III. Sistemas de pago al operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal · CAPÍTULO II. Sistemas de pago · Sección 2.ª Sistemas de pago alternativos
Artículo 68. Franqueo en destino.
En los casos y con los requisitos y condiciones que determine el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal, el pago por la prestación del servicio correspondiente podrá efectuarse no en origen, sino en destino.
Texto oficial de Reglamento de Prestación de los Servicios Postales (BOE-A-1999-24919). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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