ANEXO. Reglamento de desarrollo del Título II de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, en lo relativo a las autorizaciones para la prestación de servicios y al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales · CAPÍTULO I. Autorizaciones administrativas para la prestación de servicios postales · Sección 1.ª Normas generales
Artículo 2. Condiciones generales aplicables a los titulares de las autorizaciones administrativas generales y de las autorizaciones administrativas singulares.
1. Los titulares de las autorizaciones a las que se refiere el artículo anterior deberán cumplir, en todo caso, los requisitos esenciales para la prestación del servicio postal relativos a la inviolabilidad de la correspondencia, la protección de los datos personales y la seguridad del funcionamiento de la red en materia de transporte de sustancias peligrosas, protección del medio ambiente y ordenación territorial.
2. Lo establecido en el apartado anterior se entiende sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones específicas que sean de aplicación a cada tipo de autorizaciones, en los términos regulados en este Reglamento.
3. La Comisión no exigirá a los prestadores establecidos en otros Estados miembros requisitos que sean equivalentes o comparables, en lo esencial, por su finalidad a los que ya esté sometido en otro Estado miembro para el otorgamiento de la autorización correspondiente. A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos, la Comisión aceptará los documentos procedentes de otros Estados miembros sin exigir la presentación de documentos oficiales originales o copias compulsadas ni traducciones juradas, salvo que esté justificado por motivos de orden público y seguridad.
> <small>Se añade el apartado 3 por la disposición final 1 del Real Decreto 1920/2009. [Ref. BOE-A-2009-20889](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-20889)</small>
Texto oficial de Real Decreto 81/1999, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título II de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, en lo relativo a las autorizaciones para prestación de servicios y al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales (BOE-A-1999-2637). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.