real decreto · BOE-A-1999-345
Real Decreto 2665/1998, de 11 de diciembre, por el que se completa el Real Decreto 487/1998, de 27 de marzo, sobre reconocimiento, como cotizados a la Seguridad Social, de los períodos de actividad sacerdotal o religiosa a los sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 8/1/1999
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Este real decreto completa el reconocimiento como cotizados a la Seguridad Social de los períodos de actividad sacerdotal o religiosa, ampliándolo a quienes ya percibían pensión.
A quién afecta: Sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados antes del 1 de enero de 1997.
- Amplía el reconocimiento de períodos cotizados a todos los secularizados antes del 1 de enero de 1997, sin exigir ya una edad mínima específica.
- Los períodos reconocidos, sumados a la cotización efectiva, no pueden superar un total de 35 años.
- Quienes ya percibían pensión de jubilación tienen derecho a un nuevo cálculo de su cuantía con los períodos ahora reconocidos.
- El porcentaje aplicado para capitalizar los años reconocidos varía: 3,33% para los primeros quince años, 3% hasta el veinticinco y 2% a partir del veintiséis.
¿Cuál es el número máximo de años que pueden reconocerse como cotizados sumando cotización efectiva y ejercicio sacerdotal o religioso?
35 años.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (1 menciones)
- Derogada por: Cómputo de Clases Pasivas para Sacerdotes Secularizados (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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