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real decreto · BOE-A-1999-345

Real Decreto 2665/1998, de 11 de diciembre, por el que se completa el Real Decreto 487/1998, de 27 de marzo, sobre reconocimiento, como cotizados a la Seguridad Social, de los períodos de actividad sacerdotal o religiosa a los sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados

Estado
Vigente
Publicación
8/1/1999
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Este real decreto completa el reconocimiento como cotizados a la Seguridad Social de los períodos de actividad sacerdotal o religiosa, ampliándolo a quienes ya percibían pensión.

A quién afecta: Sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados antes del 1 de enero de 1997.

  • Amplía el reconocimiento de períodos cotizados a todos los secularizados antes del 1 de enero de 1997, sin exigir ya una edad mínima específica.
  • Los períodos reconocidos, sumados a la cotización efectiva, no pueden superar un total de 35 años.
  • Quienes ya percibían pensión de jubilación tienen derecho a un nuevo cálculo de su cuantía con los períodos ahora reconocidos.
  • El porcentaje aplicado para capitalizar los años reconocidos varía: 3,33% para los primeros quince años, 3% hasta el veinticinco y 2% a partir del veintiséis.
¿Cuál es el número máximo de años que pueden reconocerse como cotizados sumando cotización efectiva y ejercicio sacerdotal o religioso?

35 años.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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