TÍTULO I. Del Colegio de Ingenieros de Montes · CAPÍTULO IV. De la organización del Colegio · SECCIÓN 1.ª DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN GENERAL
Artículo 10. Órganos de Gobierno del Colegio.
El Colegio estará regido por los siguientes Órganos de Gobierno:
A) Órganos generales:
1. La Junta General.
2. La Junta de Decanos Territoriales o Autonómicos.
3. La Junta de Gobierno.
4. El Decano-Presidente del Colegio.
5. El Comité de Deontología.
B) Órganos territoriales o autonómicos:
1. Las Asambleas Territoriales o Autonómicas.
2. Las Juntas Rectoras Territoriales o Autonómicas.
3. Los Decanos Territoriales o Autonómicos.
Texto oficial de Real Decreto 337/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Montes (BOE-A-1999-5642). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. Órganos de Gobierno del Colegio. — Real Decreto 337/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Montes · BOE Fácil