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DISPONGO:

Artículo 3. Dependencias provinciales de las áreas de Trabajo y Asuntos Sociales.

Texto oficial de Integración de las Direcciones Provinciales de Trabajo en las Delegaciones del Gobierno (BOE-A-1999-645). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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