CAPÍTULO V. Prestaciones en particular · Sección 1.ª Prestaciones sanitarias
Artículo 17. Medios para la prestación de la asistencia sanitaria.
Texto oficial de Ley del Régimen Especial de Seguridad Social de la Administración de Justicia (BOE-A-2000-12139). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
