Los Colegios se regirán por Estatutos particulares aprobados por su Junta General. Dichos Estatutos particulares serán definitivamente validados por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales al efecto de su calificación de legalidad.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de Ingenieros Industriales (BOE-A-2000-13866). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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