CAPÍTULO V. De la organización de los Colegios
Artículo 25. Secretario, Interventor y Tesorero.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de Ingenieros Industriales (BOE-A-2000-13866). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
