CAPÍTULO III. Disposiciones específicas de las nuevas formas de gestión · Sección 4.ª De las fundaciones públicas sanitarias
Disposición adicional novena. Entidades constituidas al amparo del Real Decreto-ley 10/1996, de 17 de junio.
El presente Real Decreto será de aplicación a las entidades constituidas por el Instituto Nacional de la Salud al amparo de lo establecido en el Real Decreto-ley 10/1996, de 17 de junio, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Instituto Nacional de la Salud, las cuales deberán adaptar el contenido de sus estatutos a lo dispuesto en el presente Real Decreto, en el plazo máximo de seis meses.
Texto oficial de Real Decreto 29/2000, de 14 de enero, sobre nuevas formas de gestión del Instituto Nacional de la Salud (BOE-A-2000-1484). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional novena. Entidades constituidas al amparo del Real Decreto-ley 10/1996, de 17 de junio. — Real Decreto 29/2000, de 14 de enero, sobre nuevas formas de gestión del Instituto Nacional de la Salud · BOE Fácil