CAPÍTULO II. Documentos · Sección 2.ª De la Declaracion General del Capitán y de la Lista de Tripulantes
Artículo 15. Contenido de la Declaración General del Capitán.
La Declaración General del Capitán se ajustará al modelo que figura como anexo I y en ella deberán consignarse los datos requeridos de acuerdo con el tipo de buque, su carga y la actividad que desarrolla.
Texto oficial de Reglamento sobre Despacho de Buques (BOE-A-2000-2108). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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