TÍTULO I. Principios generales y organización · CAPÍTULO II. Organización y ordenación de la actividad inspectora
Artículo 12. Responsabilidad de los inspectores y subinspectores.
Todos los inspectores y subinspectores a los que se hace referencia en el artículo 9 serán responsables de las actividades inspectoras que realicen, de los informes y documentos que elaboren, y de los certificados que expidan o de los que se expidan con base en su información. Dicha responsabilidad podrá serles exigida de conformidad con las disposiciones legales correspondientes.
Texto oficial de Inspección y Certificación de Buques Civiles (BOE-A-2000-21432). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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