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TÍTULO II. De la actividad inspectora · CAPÍTULO VI. Inspección y control de los buques de pabellón español en servicio

Artículo 41. Inspección y control del proceso de desguace o hundimiento voluntario de un buque.

Texto oficial de Inspección y Certificación de Buques Civiles (BOE-A-2000-21432). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 41. Inspección y control del proceso de desguace o hundimiento voluntario de un buque. — Inspección y Certificación de Buques Civiles · BOE Fácil