Se faculta al titular del Ministerio de Ciencia y Tecnología para dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Real Decreto, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros Departamentos ministeriales.
No obstante, y de acuerdo con la legislación vigente, las peculiaridades en materia de acceso, adscripción de puestos, carrera, promoción y régimen de movilidad del personal a las que se refiere el apartado uno.a) del artículo 61 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, se regularán mediante Real Decreto de Consejo de Ministros.
Texto oficial de Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) (BOE-A-2000-21832). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Normas de desarrollo. — Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) · BOE Fácil