TÍTULO III. El Consejo General de los Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local · CAPÍTULO I. Funciones y competencias
Artículo 30. Personalidad, naturaleza y régimen jurídico del Consejo General.
1. El Consejo General, integrado por todos los Colegios territoriales, es el organismo representativo y coordinador superior de la organización colegial.
2. Goza a todos los efectos de la condición de corporación de derecho público constituida con arreglo a la Ley, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
3. La estructura interna y el funcionamiento del Consejo General, que serán desarrollados por su Reglamento de régimen interior y de conformidad con lo dispuesto en el presente Estatuto General, deberán ser democráticos.
Texto oficial de Real Decreto 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (BOE-A-2000-22417). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.