Disposición final primera. Artículos con rango de Ley Orgánica.
1. Tienen carácter orgánico los siguientes preceptos de la Ley 4/2000, según la numeración que establece esta Ley, los contenidos en el Título I, salvo los artículos 10, 12, 13 y 14; del Título II los artículos 25 y 31.2 y del Título III los artículos 53, 54.1 y 57 a 64. Asimismo, tienen carácter orgánico las disposiciones adicional segunda, derogatoria y el apartado primero de esta disposición final primera de la presente Ley, así como las disposiciones finales primera a tercera de la Ley 4/2000.
2. Los preceptos de la presente Ley, que no tengan carácter orgánico, se entenderán dictados al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª y 2.ª de la Constitución.
Texto oficial de Ley de Reforma de la Ley de Extranjería de 2000 (BOE-A-2000-23660). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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