TÍTULO III. Del personal al servicio de las Administraciones públicas · CAPÍTULO I. Régimen de los funcionarios públicos · Sección 6.ª Otras normas en materia de personal de las Administraciones Públicas
Artículo 41. Modificación del artículo 106 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, sobre utilización de vivienda.
Se modifica el apartado cuatro del artículo 106 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, que queda redactado de la siguiente forma:
«Cuatro. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, y en tanto el indicado desarrollo reglamentario no tenga lugar, continuará en el disfrute de la vivienda el personal que la viniera ocupando por razón del puesto de trabajo desempeñado, mientras permanezca en el citado puesto.»
Texto oficial de Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE-A-2000-24357). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 41. Modificación del artículo 106 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, sobre utilización de vivienda. — Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social · BOE Fácil