TÍTULO IV. Normas de gestión y organización administrativa · CAPÍTULO II. De la organización administrativa · Sección 3.ª Competencias
Artículo 65. Resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial en determinadas entidades de Derecho público.
Corresponde a los Consejos de Administración de las entidades públicas, Autoridades Portuarias, Aeropuertos Nacionales y Navegación Aérea (AENA), Ente Público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF), Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) y Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial a que se refiere el artículo 142 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, completándose en ese sentido sus respectivas normas de creación.
Texto oficial de Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE-A-2000-24357). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 65. Resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial en determinadas entidades de Derecho público. — Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social · BOE Fácil