La formación del personal adscrito al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias se realizará en el Centro de Estudios Penitenciarios, ya sea participando en los programas generales de formación o a través de programas específicos. La selección de los alumnos se realizará, en ambos casos, por el órgano responsable del organismo y en los programas específicos, éste también realizará la programación de necesidades y la gestión que se derive de los mismos.
En todo caso, se procurará que la programación del organismo se integre anualmente en la general del Centro de Estudios.
Texto oficial de Orden de 10 de febrero de 2000 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del Centro de Estudios Penitenciarios (BOE-A-2000-3086). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional cuarta. — Orden de 10 de febrero de 2000 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del Centro de Estudios Penitenciarios · BOE Fácil