TÍTULO V. De las actuaciones judiciales · CAPÍTULO IX. De la nulidad de las actuaciones
Artículo 229. Actuaciones judiciales realizadas fuera del tiempo establecido.
Las actuaciones judiciales realizadas fuera del tiempo establecido sólo podrán anularse si lo impusiere la naturaleza del término o plazo.
> <small>Téngase en cuenta, para su aplicación, la disposición final 17.</small>
Texto oficial de Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE-A-2000-323). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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