TÍTULO I. De las disposiciones comunes a los procesos declarativos · CAPÍTULO II. De las diligencias preliminares
Artículo 263. Diligencias preliminares previstas en leyes especiales.
Cuando se trate de las diligencias a que se refiere el artículo 256.1.9.º, los preceptos de este capítulo se aplicarán en lo que no se oponga a lo dispuesto en la legislación especial sobre la materia de que se trate.
> <small>Se modifica por el art. 1.5 de la Ley 19/2006, de 5 de junio. [Ref. BOE-A-2006-9960](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-9960)</small>
Texto oficial de Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE-A-2000-323). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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