TÍTULO I. De las disposiciones comunes a los procesos declarativos · CAPÍTULO VI. De los medios de prueba y las presunciones · Sección 1.ª Del interrogatorio de las partes
Artículo 303. Impugnación de las preguntas que se formulen.
La parte que haya de responder al interrogatorio, así como su abogado, en su caso, podrán impugnar en el acto la admisibilidad de las preguntas y hacer notar las valoraciones y calificaciones que, contenidas en las preguntas, sean, en su criterio, improcedentes y deban tenerse por no realizadas.
Texto oficial de Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE-A-2000-323). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 303. Impugnación de las preguntas que se formulen. — Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE Fácil