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TÍTULO II. Del juicio ordinario · CAPÍTULO II. De la audiencia previa al juicio

Artículo 428. Fijación de los hechos controvertidos y posible sentencia inmediata.

Texto oficial de Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE-A-2000-323). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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