Disposición adicional tercera. Renovación de los permisos de trabajo y residencia.
Para la renovación de los permisos de trabajo y residencia que estén en vigor en la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto, no se tendrán en cuenta las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 78 del vigente Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/1985, aprobado por Real Decreto 155/1996.
En esta renovación, los titulares de un permiso b inicial obtendrán un permiso C, los de un permiso d inicial obtendrán un permiso E, y los titulares de un permiso B renovado o D renovado, C o E, recibirán un permiso permanente.
Texto oficial de Real Decreto 239/2000, de 18 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la regularización de extranjeros prevista en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE-A-2000-3372). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.