ANEXO. Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial · CAPÍTULO IV. De la organización del Colegio · Sección 2.ª De la Junta General
Artículo 15. Contenido de la Junta.
La Junta General es soberana para tomar cuantos acuerdos estime convenientes siempre que se trate de asuntos que figuren en el orden del día y no se opongan a los preceptos de estos Estatutos o a las disposiciones legales aplicables.
La Junta General, a propuesta de la Junta Directiva, establecerá reglamentos de régimen interior que desarrollen los preceptos de estos Estatutos o que regulen cuestiones no contempladas en los mismos.
Texto oficial de Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (BOE-A-2000-5013). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Contenido de la Junta. — Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial · BOE Fácil