ANEXO. Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial · CAPÍTULO IV. De la organización del Colegio · Sección 2.ª De la Junta General
Artículo 17. Admisión de proposiciones.
Si al presentarse una proposición hubiera algún colegiado que se opusiera a que pueda ser debatida, podrá presentarse, incluso «in voce», otra proposición de «no ha lugar a deliberar», exponiendo uno solo de los proponentes los motivos de su oposición, concediendo un turno de defensa de su proposición al que la formuló. Se someterá a votación en primer lugar esta segunda propuesta y, sólo si es desechada, se discutirá la otra y se tomarán acuerdos sobre ella.
Texto oficial de Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (BOE-A-2000-5013). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 17. Admisión de proposiciones. — Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial · BOE Fácil