TÍTULO II. Régimen jurídico de los extranjeros · CAPÍTULO IV. De las tasas por autorizaciones administrativas y por tramitación de las solicitudes de visado y de los precios públicos
Artículo 44. Hecho imponible.
1. Las tasas se regirán por la presente Ley y por las demás fuentes normativas que para las tasas se establecen en el artículo 9 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
2. Constituye el hecho imponible de las tasas la tramitación de las autorizaciones administrativas y de los documentos de identidad previstos en esta Ley, así como de sus prórrogas, modificaciones y renovaciones; en particular:
a) La tramitación de autorizaciones para la prórroga de la estancia en España.
b) La tramitación de las autorizaciones para residir en España.
c) La tramitación de autorizaciones de trabajo, salvo que se trate de autorizaciones para un período inferior a seis meses.
d) La tramitación de tarjetas de identidad de extranjeros.
e) La tramitación de documentos de identidad a indocumentados.
f) La tramitación de visado.
3. Se podrán establecer precios públicos por la prestación de servicios de tramitación de visados por parte de proveedores de servicios externos, de conformidad con la normativa aplicable.
> <small>Se añade el apartado 3 por la disposición final 3.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo. [Ref. BOE-A-2023-7500#df-3](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7500)</small>
> <small>Se modifica por el art. único.49 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre. [Ref. BOE-A-2009-19949](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-19949).</small>
> <small>Se modifica el apartado 2 y se añade el apartado 3 por el art. 1.22 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre. [Ref. BOE-A-2003-21187](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-21187).</small>
> <small>Se modifica y se renumera por el art. 1.37 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2000-23660](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2000-23660).</small>
> <small>Su anterior numeración era art. 43.</small>
Texto oficial de Ley Orgánica de Extranjería (BOE-A-2000-544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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