CAPÍTULO I. Sobre el Estatuto del Banco de España · Sección 5.ª El Régimen normativo interno
Artículo 12. El Registro de Normas Internas.
1. El Registro de Normas Internas se encargará de la recopilación de la reglamentación interna de la entidad y del mantenimiento de un servicio de documentación reglamentaria permanentemente actualizado, con el fin de satisfacer las necesidades de información de todos los servicios de la entidad. En él se reflejarán, asimismo, las Notas y Anuncios.
2. Cuidará de que todos los empleados, oficinas, sucursales y servicios del Banco puedan acceder a la información obrante en la correspondiente base de datos de Normas Internas.
3. El Registro de Normas Internas estará integrado en la Secretaría General.
> <small>Se modifica el apartado 3 por el art. único.3 de la Resolución de 24 de abril de 2018. [Ref. BOE-A-2018-5716](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-5716)</small>
Texto oficial de Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España (BOE-A-2000-6533). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.