CAPÍTULO IV. Del trasplante de órganos
Artículo 18. Centros de trasplante de órganos humanos: requisitos específicos mínimos.
Texto oficial de Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos (BOE-A-2000-79). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
