TÍTULO I. Normas generales de inversiones exteriores · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 8. Presentación de declaraciones, solicitudes y escritos.
Todas las declaraciones dirigidas al Registro de Inversiones del Ministerio de Economía, solicitudes de autorización y prórroga y Memorias anuales a que se refiere la presente Orden podrán presentarse ante el Registro General del Ministerio de Economía (paseo de la Castellana, 162, 28071 Madrid) o ante cualquiera de los lugares de presentación a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Texto oficial de Orden de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización (BOE-A-2001-10570). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.