Artículo 12. Contratación centralizada de servicios de telecomunicaciones.
La Dirección General del Patrimonio del Estado a la vista de la evolución del mercado y del grado de normalización que se observe, elevará al Ministro de Hacienda propuesta de declaración de contratación centralizada de determinados servicios. La Dirección General del Patrimonio del Estado procederá a la celebración de los concursos de adopción de tipo o Acuerdos marco correspondientes.
Por el Ministro de Hacienda se desarrollarán los aspectos procedimentales de contratación de dichos servicios.
Texto oficial de Especialidades en la Contratación de Servicios de Telecomunicación (BOE-A-2001-11051). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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