CAPÍTULO III. Financiación y tramitación de las ayudas
Disposición adicional primera. Forma de pago de ayudas.
En cualquier caso, la parte de las ayudas reguladas en el apartado 1 del artículo 3 financiada con cargo a los Presupuestos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación será pagada al beneficiario en forma de ayudas vinculadas al préstamo, sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo 18 de la presente disposición.
Texto oficial de Modernización de las Explotaciones Agrarias (BOE-A-2001-11052). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Forma de pago de ayudas. — Modernización de las Explotaciones Agrarias · BOE Fácil