Artículo 2. Modificación del artículo 146 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Con efectos a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley, se añade un nuevo apartado 6 en el artículo 146, «Retenciones e ingresos a cuenta» de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, con la siguiente redacción:
«6. El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre las rentas procedentes de la cesión del derecho a la explotación de la imagen o del consentimiento o autorización para su utilización, será del 20 por 100.»
Texto oficial de Real Decreto-ley de Retenciones del IRPF y el Impuesto sobre Sociedades (2001) (BOE-A-2001-12617). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Modificación del artículo 146 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. — Real Decreto-ley de Retenciones del IRPF y el Impuesto sobre Sociedades (2001) · BOE Fácil