TÍTULO I. Contenidos previstos en la Ley de Aguas · CAPÍTULO I. Medidas de coordinación de los Planes Hidrológicos de cuenca
Artículo 5. De los principios rectores de las medidas de coordinación.
Las medidas de coordinación de los Planes Hidrológicos de cuenca se regirán por los principios generales de precaución, racionalidad, sostenibilidad, protección del dominio público hidráulico, del buen estado ecológico de las aguas y la protección de los caudales ambientales.
Texto oficial de Ley del Plan Hidrológico Nacional (BOE-A-2001-13042). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. De los principios rectores de las medidas de coordinación. — Ley del Plan Hidrológico Nacional · BOE Fácil