CAPÍTULO II. Programa de fomento de empleo para el año 2001
Artículo 5. Requisitos de los beneficiarios.
Los beneficiarios de las ayudas previstas en esta norma deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social tanto en la fecha de la concesión de las bonificaciones como durante la percepción de las mismas. La falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obligaciones dará lugar a la pérdida automática de las bonificaciones reguladas en el presente programa, respecto de las cuotas correspondientes a períodos no ingresados en dicho plazo.
b) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 del Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Texto oficial de Ley de Reforma del Mercado de Trabajo de 2001 (BOE-A-2001-13265). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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