CAPÍTULO IV. Modificaciones que se introducen en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto
Disposición adicional tercera. Fomento del empleo temporal de trabajadores minusválidos.
A partir de 1 de enero de 2002 será de aplicación la disposición adicional sexta de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, en relación con el artículo 44 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, en lo relativo al fomento del empleo temporal de los trabajadores minusválidos.
> <small>Se modifica por la disposición adicional 4.3 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. [Ref. BOE-A-2001-24965](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-24965).</small>
Texto oficial de Ley de Reforma del Mercado de Trabajo de 2001 (BOE-A-2001-13265). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. Fomento del empleo temporal de trabajadores minusválidos. — Ley de Reforma del Mercado de Trabajo de 2001 · BOE Fácil