Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Se autoriza al Ministro del Interior a dictar cuantas disposiciones exija el desarrollo y ejecución del presente Real Decreto.
Texto oficial de Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida (BOE-A-2001-14166). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo. — Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida · BOE Fácil