CAPÍTULO III. Retribución de las actividades reguladas
Artículo 18. Costes acreditados de las instalaciones objeto de cierre.
**(Derogado).**
> <small>Se deroga, con efectos de 1 de enero de 2021, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2020-17279#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-17279)</small>
> <small>Se modifica por el art. 1.2 del Real Decreto 335/2018, de 25 de mayo. [Ref. BOE-A-2018-6998](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-6998)</small>
> <small>Esta modificación no será de aplicación hasta la aprobación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, de los valores aplicables a los nuevos peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, según establece la disposición transitoria 2 del citado Real Decreto.</small>
Texto oficial de Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural (BOE-A-2001-17027). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.