Artículo 2. Régimen jurídico y autonomía de gestión.
Como organismo autónomo tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, en el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre ; en el artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, y en las demás disposiciones aplicables a los organismos autónomos de la Administración General del Estado, así como por el presente Real Decreto.
Texto oficial de Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales (BOE-A-2001-1946). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Régimen jurídico y autonomía de gestión. — Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales · BOE Fácil