Los órganos de dirección del Patronato serán:
a) El Presidente, que lo será también de la Junta de Gobierno.
b) El Consejo Rector, que regirá el Patronato y en el que tendrán representación los asociados.
c) La Junta de Gobierno, que administrará y gobernará el Patronato.
Las competencias, composición y normas de actuación de dichos órganos serán establecidas en el Reglamento del Patronato.
Texto oficial de Real Decreto 1081/2001, de 5 de octubre, por el que se refunden la Asociación Benéfica para Huérfanos de los Cuerpos Patentados de la Armada y la Institución Benéfica para Huérfanos del Cuerpo de Suboficiales de la Armada, y se extiende su cobertura a los huérfanos de los militares profesionales permanentes de tropa y marinería de la Armada (BOE-A-2001-19546). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.