1. La Subdirección General de Operaciones, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director general, de la dirección, impulso y coordinación del servicio de las Unidades de la Guardia Civil.
2. Del Subdirector general de Operaciones dependen las siguientes Unidades:
a) Estado Mayor.
b) Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva.
c) Jefatura de Información y Policía Judicial.
d) Jefatura Fiscal y de Fronteras.
e) Jefatura de la Agrupación de Tráfico.
f) Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza.
g) Las Zonas.
h) Las Comandancias de Ceuta y Melilla.
3. También depende del Subdirector general de Operaciones la Intervención Central de Armas y Explosivos, que tiene como misión específica la planificación, organización y control de las actividades encaminadas al ejercicio de las competencias que la normativa sobre armas y explosivos encomienda a la Guardia Civil en todo el territorio nacional.
4. Las sustituciones del Subdirector general de Operaciones se efectuarán por los titulares de las Jefaturas y del Estado Mayor, de acuerdo con el criterio de empleo y antigüedad.
Texto oficial de Orden de 29 de octubre de 2001 por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE-A-2001-20623). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.