TÍTULO II. Del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España · CAPÍTULO II. De los órganos del Consejo General
Artículo 25. Órganos colegiados y órganos unipersonales.
Son órganos colegiados del Consejo General la Asamblea General, el Pleno, la Comisión Ejecutiva, la Comisión Permanente y el Consejo Interautonómico.
Son órganos unipersonales el Presidente, los Vicepresidentes, el Secretario general, el Vicesecretario general, el Tesorero, el Vicetesorero y los Vocales.
Texto oficial de Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad profesional de enfermería (BOE-A-2001-20934). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 25. Órganos colegiados y órganos unipersonales. — Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad profesional de enfermería · BOE Fácil