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CAPÍTULO II. Procedimiento para la concesión de subvenciones

Disposición adicional quinta. Subvención de la indemnización por residencia en los proyectos a desarrollar en las ciudades de Ceuta y Melilla y otros territorios por órganos de la Administración General del Estado.

Texto oficial de Orden de 14 de noviembre de 2001 por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dichos programas (BOE-A-2001-21715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.