ANEXO. Reglamento del Patronato de Huérfanos de la Armada · CAPÍTULO II. Del Consejo Rector
Artículo 11.
En la reunión ordinaria del primer semestre del año, el Consejo procederá prioritariamente a:
a) Recibir cuenta de las actividades relevantes de la Junta de Gobierno durante el año anterior.
b) Aprobar las cuentas de ingresos y gastos del año anterior tras la presentación del estado de fondos por el Tesorero.
c) Aprobar la memoria correspondiente al año anterior y autorizar su publicación y difusión.
d) Establecer las cuantías de las prestaciones para el siguiente curso escolar.
En la reunión ordinaria del segundo semestre del año se procederá prioritariamente a aprobar el presupuesto para el año siguiente.
Texto oficial de Orden 241/2001, de 20 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento del Patronato de Huérfanos de la Armada (BOE-A-2001-22847). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. — Orden 241/2001, de 20 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento del Patronato de Huérfanos de la Armada · BOE Fácil