Artículo 4. Órganos competentes y control de la Administración.
1. Los órganos gestores de las bonificaciones al transporte marítimo y aéreo serán las Direcciones Generales de la Marina Mercante y de Aviación Civil, del Ministerio de Fomento.
2. La inspección y control del cumplimiento de las prescripciones exigidas en este Real Decreto para la percepción y reintegro a las empresas aéreas y marítimas de las bonificaciones que en el mismo se contemplan corresponderá a los Ministerios de Hacienda y de Fomento.
Texto oficial de Bonificación de Tarifas de Transporte para Residentes en Canarias y Baleares (BOE-A-2001-23786). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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